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Cuba gana demanda en Tribunal Superior de Londres

En audiencia celebrada este martes en el Tribunal Superior de Inglaterra y Gales, la jueza Sara Cockerill notificó a los abogados de las partes la sentencia correspondiente a la demanda interpuesta por el fondo buitre CRF 1 Limited contra la República de Cuba y el Banco Nacional de Cuba. (BNC).

El fallo aceptó el punto de vista sostenido por la parte cubana durante el proceso y desestimó el reclamo de CRF contra el Estado cubano.

Según el fallo judicial, las irregularidades de los funcionarios del BNC, sujetas primero a una investigación penal y luego a un fallo judicial, eran motivos razonables para que el gobierno cubano negara su consentimiento para pagar la deuda a favor de CRF.

Según el documento y como argumenta Cuba, el BNC no tiene capacidad legal ni autoridad para representar al país.

CRF es ajena a los préstamos reclamados contra Cuba y no tiene derecho a establecer la reclamación en Londres. Por tanto, el fallo confirmó que Cuba es inmune a la jurisdicción española y no tiene obligación de responder con su patrimonio a esta pretensión.

El propósito central del proceso judicial era determinar si el tribunal inglés tenía competencia para conocer de la pretensión de CRF como acreedora del BNC y de la República de Cuba.

Según la sentencia, CRF no es acreedor del Estado cubano. Así, el país queda fuera del pleito.

A partir de ahora, el proceso continuará únicamente contra el Banco Nacional de Cuba (BNC), que estará facultado para establecer las reclamaciones permitidas por la ley inglesa.

Fondo:

Las razones de Cuba para estar en Londres, frente a un fondo buitre
Desde el 23 de enero, la Alta Corte de Londres conoce la demanda interpuesta por CRF I Limited (CRF), entidad constituida en las Islas Caimán, contra el Banco Nacional de Cuba (BNC ) y la República de Cuba.

El actor pretendía ser titular de dos instrumentos financieros de la deuda pública cubana contraída en 1984. Sin embargo, el BNC y Cuba siempre sostuvieron que CRF nunca fue acreedor.

1.– ¿Cuáles son las deudas públicas objeto de la demanda y cuándo se adquirieron?
Durante las décadas de 1970 y 1980, Cuba tomó préstamos de estados soberanos y prestamistas comerciales. En ese momento, el BNC era el banco central. Mientras ejercía sus funciones de banco central en 1984, el BNC suscribió los dos préstamos que son objeto de la demanda.

En ambos casos, el BNC actuó como prestatario, mientras que los prestamistas fueron Credit Lyonnais Bank Nederland NV en un caso y el Instituto Bancario Italiano en el otro caso.

2.– ¿Los contratos suscritos por la BNC se ajustaron a la legislación cubana ya los estándares internacionales?
Sí, ambos préstamos estaban de acuerdo con las leyes cubanas y los estándares internacionales para este tipo de negocios. Sin la aprobación del BNC y de Cuba, las transferencias no habrían tenido validez legal.

3.– ¿Era el demandante en el tribunal inglés el acreedor original?
No. El demandante de CRF no era el acreedor original de estos préstamos.

4.– ¿Quién demandó al BNC ya Cuba?
CRF, un fondo buitre constituido en el paraíso fiscal Islas Caimán. Los fondos buitre compran la deuda de un país a bajo costo a través de cualquier mecanismo, incluidas las operaciones ilegales. Las prácticas de los fondos buitres producen efectos nocivos tanto para el país en cuestión como para las relaciones económicas internacionales.

5.- ¿Por qué el BNC y Cuba no reconocieron a CRF como acreedor legítimo?
Por tres razones fundamentales. Primero, porque al ser un fondo buitre, no sería aceptado en ningún caso como acreedor. Segundo: recurrieron a mecanismos ilegales para presentarse como acreedores. Tercero: los medios ilícitos empleados generaron graves infracciones cometidas por funcionarios del BNC en violación de la ley.

6.– ¿Qué infracciones se cometieron durante el supuesto proceso de cesión de la deuda pública a CRF?
Representantes del fondo buitre sugirieron a un funcionario del BNC violar los procedimientos regulados por la ley cubana para la aprobación de la transferencia de deuda pública.

Como consecuencia de esta propuesta, el funcionario a sabiendas actuó en contra de la ley, por lo que fue sancionado penalmente. El documento de la supuesta transferencia, emitido por ese funcionario, no cumplió con los requisitos legales establecidos tanto en los convenios sujetos a la ley inglesa como en los reglamentos internos de la BNC y la ley cubana. Por esa razón, es nulo y sin efecto.

7.– ¿Quién representó al BNC ya Cuba en el juicio?
Un equipo de prestigiosos abogados ingleses, asistido por abogados de un notable despacho español, junto a abogados cubanos de probada solidez profesional y representantes de organismos encargados de la gestión de la deuda pública cubana.

8.– ¿Qué fue objeto de la decisión del tribunal inglés en este juicio?
Un alegato de jurisdicción. El tribunal estaba encargado de determinar si CRF es o no acreedor legítimo del BNC y de Cuba y, por tanto, si el tribunal inglés tiene o no competencia para conocer de la demanda. El juicio evaluó únicamente este aspecto procesal.

9.– ¿La posible decisión de la corte inglesa afectó a la economía cubana?
No. Esta audiencia sólo trató la cuestión procesal de competencia, por lo que en ningún caso se discutieron los montos económicos de la deuda. Por lo tanto, independientemente de la decisión del tribunal, las finanzas del BNC y Cuba no se vieron comprometidas.

10.– ¿Cuál fue la posición del BNC y Cuba respecto al pago de sus deudas y las relaciones con sus legítimos acreedores?
Tanto el BNC como Cuba nunca desconocieron las deudas contraídas siempre que fueran válidas, legales, vigentes, exigibles y vinculantes. Adicionalmente, siempre mantuvieron su interés en negociar con entidades que sean acreedores legítimos.

Fondo Buitre siempre tuvo la intención de demandar al Banco Nacional y a la República de Cuba
Desde la primera semana del juicio por la demanda presentada por el fondo buitre CRF I Limited en la Alta Corte de Inglaterra, las declaraciones de los testigos sacaron a la luz las pruebas exhibidas por el lado cubano.

Representantes del fondo, cuestionados por la defensa en nombre del Banco Nacional de Cuba (BNC) y de la República de Cuba, admitieron haber realizado gestiones para tratar de ganar los títulos de deuda, que formaban parte de la disputa.

En el material probatorio presentado, se destacaron correos electrónicos y varios documentos que revelaron la actuación irregular de la actora, y con ello, la identificación de la conducta de un fondo buitre.

CRF buscaba adquirir dos títulos de deuda cubana de forma ilegal a precios bajos y condicionar posibles acuerdos con el BNC y Cuba como única opción para evitar el pleito ante la jurisdicción inglesa.

CRF también afirmó ser el acreedor legítimo de dos deudas contraídas en la década de 1980. Para sustentar su posición, los demandantes probaron el documento emitido por un funcionario del BNC, en donde daba el presunto consentimiento del banco, y por ende de Cuba, para que los derechos del acreedor fueran transferidos a favor de CRF.

El funcionario cubano responsable de la elaboración y firma del documento, piedra angular del reclamo del fondo buitre, admitió ante la Corte, en tiempo real desde La Habana, que tenían conocimiento de que se trataba de una acción ilegal fuera de sus competencias y que no no cumplir los requisitos legales de validez.

Según el testigo, la actuación del funcionario fue el resultado de una limosna prometida por representantes del fondo.

Desde La Habana también ofrecieron sus declaraciones dos exdirectivos del BNC y dos trabajadores que realizaron labores asociadas al traslado. Todos confirmaron la nulidad del documento emitido y las violaciones procesales.

La ausencia del Ministerio de Finanzas y Precios en esta supuesta transferencia fue otro elemento clave para invalidar los supuestos derechos reclamados por el fondo.

Los argumentos escuchados en el Tribunal Superior de Inglaterra y Gales mostraron pruebas claras. Una entidad financiera intentó reclamar ilegalmente dos deudas cubanas y, ante la falta de acuerdo y aprobación de estos actos por parte del BNC y Cuba, inició de inmediato el pleito en Londres.

Al-Mayadeen )

Traducción: Orinoco Tribune

OT/JRE/SF

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